Procedimiento Abreviado 
Este procedimiento es una eficaz herramienta con que cuenta el sistema para abreviar la tramitación de los asuntos penales.

utilizar este procedimiento abreviado, implica la renuncia al Juicio Oral.

Para que Proceda se requiere que: 

a) Que, en la acusación, el Fiscal haya solicitado respecto de los hechos materia de la investigación, la imposición de una pena privativa de libertad no superior a cinco años de presidio o reclusión menores en su grado máximo, o bien cualesquiera otras penas de distinta naturaleza, cualquiera fuere su entidad o monto, ya fueren ellas únicas, conjuntas o alternativas (ej.: cinco años de presidio menor en su grado máximo y multa de 40 UTM), y

b) Que el imputado, en conocimiento de los hechos materia de la acusación y de los antecedentes de la investigación que la fundan, los acepte expresamente y manifieste su conformidad con la aplicación de este procedimiento.