La ley 20.000 distingue tres figuras: Trafico, trafico de pequeñas cantidades, porte - para el consumo.
En su un limite superior tenemos el trafico de drogas como delimitacion al limite superior tenemos al microtrafico, en el limite inferior una figura de falta denominada como porte falta y una figura impune de consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo.
Si sostenemos que el microtrafico es una figura privilegiada del trafico, el traficante podria ser condenado como microtraficante, en cambio si sostenemos que el microtrafico es una figura autonoma, el microtraficante podria ser condenado como traficante.
Mi asesoria como defendor penal se orientara a marcar las limitaciones de una u otra figura, ya que las penas entre las distintas figuras son especialmente diferentes.
Abogado Penalista Puerto Montt. Defensor Penal Abogado penal Puerto Montt